Archivos para: Noviembre 2008

Q de Plata a la Excelencia del Colegio Amor Misericordioso

por mb45 Correo electrónico

El Colegio Amor Misericordioso, situado en la ciudad de Alfaro (La Rioja), ha obtenido el Reconocimiento Q de Plata a la Excelencia en la Gestión, que concede el Gobierno de La Rioja tras un proceso de evaluación externa de su sistema de Gestión de acuerdo con los criterios del Modelo EFQM de Excelencia. El Colegio Amor Misericordioso ha venido implantando el Modelo Excelencia EFQM desde hace cinco años, con el asesoramiento y colaboración de la Consultora Riojana MB.45 Consultores, el resultado ha sido recogido en una Memoria EFQM que ha sido evaluada por un equipo de cinco personas ajenas al centro y ha obtenido una puntuación de mas de 400 puntos lo que da derecho a obtener el Diploma y el Reconocimiento Q de Planta.

NOVIEMBRE 2008 - CONTRATOS POR OBRA O SERVICIO DETERMINADO

por mb45 Correo electrónico

OBJETO DEL CONTRATO

El objeto de estos contratos es la realización de obras, o la prestación de servicios determinados, con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa, y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo es, en principio, de duración incierta.
Los Convenios Colectivos sectoriales estatales y de ámbito inferior, incluidos los convenios de empresa, pueden identificar aquellos trabajos o tareas con sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa, que puedan cubrirse con contratos de esta naturaleza.
En este caso, la utilización del contrato para obra o servicio determinado debe ajustarse a lo que se haya establecido en el convenio. Sin embargo, la negociación colectiva no puede alterar su marco legal.
Además de las normas comunes expuestas anteriormente, estos contratos tienen las reglas específicas que se señalan en los marginales siguientes.

FORMA DEL CONTRATO

Debe realizarse necesariamente por escrito. En el contrato se debe especificar e identificar suficientemente, con precisión y claridad, la obra o servicio que constituye su objeto.
Ha se ser comunicado al Servicio Público de Empleo, en los 10 días hábiles siguientes a sus concertación. Se adjuntará copia básica del mismo firmada por los representantes legales de los trabajadores si los hubiere.
En el contrato se identificará la obra o servicio y el carácter de la contratación.

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